INSOLVENCIA DE PERSONA NATURAL NO COMERCIANTE: Lo que debes saber según la ley 2445 de 2025
La insolvencia de persona natural no comerciante en Colombia ha tenido una transformación importante con la entrada en vigor de la Ley 2445 de 2025. Esta normativa busca brindar una salida legal, justa y rápida a quienes, sin ser GRANDES empresarios, se enfrentan a una crisis económica que les impide cumplir con sus obligaciones. A continuación, te explicamos en detalle qué significa este proceso, cómo se lleva a cabo y por qué representa una esperanza para miles de colombianos.
Contáctanos y Conoce cómo este proceso puede ayudarte a salir de deudas.
¿Qué es la insolvencia de persona natural no comerciante?
La insolvencia de persona natural no comerciante es un mecanismo legal mediante el cual una persona que no ejerce actividades comerciales o tiene activos inferiores a (1.000) salarios mínimos legales vigentes puede, desde una posición ventajosa, negociar sus deudas o, en caso de no lograrlo, liquidar su patrimonio de forma ordenada. Este procedimiento se realiza bajo supervisión judicial o a través de centros autorizados de conciliación, consultorios jurídicos o notarios.
Principales cambios con la ley 2445 de 2025:
La nueva ley trae consigo varios ajustes significativos que buscan hacer el proceso más accesible, justo y eficaz:
Liquidación Patrimonial Directa:
Si no tienes bienes podrás acceder directamente a la liquidación patrimonial, proceso en el cual un juez liquidará tus deudas y las volverá naturales, lo que significa que no podrán ser cobradas judicialmente.
Inclusión del Régimen a Pequeños Comerciantes:
Aunque el régimen está diseñado para personas naturales no comerciantes, se permite su acceso a pequeños comerciantes cuyos activos no superen los 1.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, excluyendo la vivienda y el vehículo de trabajo.
Suspensión de descuentos de libranza:
Al iniciar el trámite de insolvencia, se suspenden todos los procesos de cobro, ya sean jurídicos o privados, así mismo, los descuentos por libranza al inicio del proceso se suspenden.
Requisitos de la solicitud del Proceso de Insolvencia en Colombia:
Insolvencia para personas naturales no comerciantes
La Ley 2445 de 2025, establece los siguientes requisitos:
- El informe explicativo de los hechos que produjeron el estado de insolvencia.
- La propuesta para la negociación de las deudas.
- Una relación completa y actualizada de todos los acreedores.
- Una relación completa y detallada de los activos.
- Una relación detallada de los procesos judiciales pendientes.
- Un certificado que certifique los ingresos del deudor.
- El monto de gastos requerido para la conservación de los bienes del deudor y su mantenimiento.
- Una discriminación de las deudas alimentarias a su cargo.
- Matricula mercantil en caso de que se trate comerciante.
¿Quiénes pueden acceder a este beneficio?
Cualquier persona natural que:
- No sea comerciante, o siendo pequeño comerciante cumpla con los límites de activos mencionados.
- Tenga dos o más deudas vencidas por más de 90 días o dos procesos de cobro judicial.
- Presente deudas en mora que representen por lo menos el 30% del total de su pasivo.
Si cumples con estos requisitos, puedes iniciar el proceso aquí.
Pasos para iniciar el trámite de insolvencia:
Solicitud ante un centro de conciliación
Acude a un centro de conciliación, consultorio jurídico o notario y presenta una solicitud formal.
Aceptación y rechazo de la solicitud
No pierdas tu tiempo y contáctanos, evita que el centro de conciliación rechace tu solicitud.
Inicio del trámite
Una vez inicie el trámite el conciliador notificará a los deudores.
Calificación y graduación de créditos
Agotada la etapa de notificación el conciliador diseñara un plan de graduación y calificación de créditos y votos, donde asignará un voto por peso debido a cada acreedor.
Finalización del trámite
Asignados los votos el deudor deberá diseñar y proponer un acuerdo de pago que integre a todos los acreedores, el acuerdo de pago será obligatorio para todo acreedor, así no esté de acuerdo, dicho acuerdo de pago se celebrará al obtener el 50% de los votos más uno de los acreedores.
Liquidación Patrimonial
Si no se llega a un acuerdo de pago se procederá a la liquidación patrimonial, donde a cada acreedor se le pagará con los bienes del deudor en el orden de su prelación, contabilizando el valor de los bienes sobre el 100% de su valor comercial, lo que ofrece una gran ventaja frente a los remates judiciales, los que pueden llevarse a cabo con el 70% del valor del bien rematado.
Vigencia del acuerdo:
Celebrado el acuerdo de pago, su cumplimiento deberá ser obligatorio so pena de que se proceda al trámite de liquidación patrimonial.
Beneficios del nuevo régimen:
El régimen de insolvencia para persona natural no comerciante integro grandez avances en favor del deudor, como los siguientes:
- Se le otorgo al conciliador la facultad de levantar los descuentos a pagaduria.
- Desde el inicio del proceso dejarán de correr intereses sobre tus deudas.
- Evita demandas ejecutivas y la práctica de embargos y secuestros.
- levanta todos los embargos, secuestros y medidas cautelares ya practicados.
- Puedes ahorrarte hasta el 100% de todos tus intereses.
- Logra periodos de gracia en el pago de tus créditos de por lo menos 3 meses.
- Obtener plazos de hasta 10 años para el pago de cada una de tus deudas.
¿Recomendaciones Para Todo Deudor Insolvente?
Independientemente de tu situación económica sigue estas recomendaciones para aprovechar todos los beneficios del nuevo régimen de insolvencia para persona natural no comerciante.
No Celebres Ningúna Facilidad de Pago sin Acompañamiento
Una imprecisión bastante habitual con las personas naturales y comerciantes, es que celebran facilidades de pago con hacienda, la Dian u otros acreedores, garantizados con bienes inmuebles, dicha circunstancia dificulta la celebración de acuerdos de pago con tasas de interés moderadas en la medida en que de llegarse a un proceso de liquidación patrimonial los acreedores ya tienen altas garantías en el pago de su crédito.
Contar con Asesoría Legal
En firma García contamos con años de experiencia en el manejo de la ley, por ello, no te arriesgues a desaprovechar todas las oportunidades que ofrece el régimen de insolvencia, CONTÁCTANOS.
Cumplir Diligentemente Tus Obligaciones
Un principio rector del derecho es el abuso del derecho, entendido el referido como la obligación que tiene todo ciudadano de no aprovechar ilegítimamente, ilegalmente o defraudatoria mente la ley en su favor, por ello, lleva tus finanzas de forma moderada.
Documenta Todo
En todo proceso jurídico es deber de la parte actora el de probar los hechos en que fundamenta su pretensión, por ello, siempre ten en orden tus libros y soportes.
Conoce la ley
Toda persona natural no comerciante y comerciante con activos inferiores a 1000 SMLV debería estudiar la ley 2445 de 2025 y conocer sus derechos frente a una situación de insolvencia.
¡Ten presente!
Obtener ayuda profesional es de vital importancia si quieres escoger el mejor camino, no improvises y contáctanos para una asesoría gratis.
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Enlaces de interés:
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